Regulación

ola

Convención y Reglamento

Para la concesión y regulación relacionada de visitas subacuáticas en el área marina protegida de Baia (NA).

El año dos mil siete (2007), el día 30 de enero

ENTRE
- la Superintendencia del patrimonio arqueológico de las provincias de Nápoles y Caserta en la persona de su representante legal, la superintendente María Luisa Nava, en lo sucesivo denominada superintendencia

Y
El ATI Srl llamado Assodiving Flegreum (consorcio de buceo), representado por el “Centro Sub Campi Flegrei”.

Desde 2012 se otorgan autorizaciones a tour operadores individuales que cuenten con los requisitos solicitados por el GE

Regulación de las actividades en el mar:

a) el calado de las embarcaciones no debe exceder los 2,50 metros;
b) la velocidad en la zona A no debe exceder los 3 nudos;
c) la velocidad en la zona B no debe exceder los 5 nudos dentro de los doscientos metros de la costa y los 10 nudos en el resto del área;
d) la velocidad en la zona C no debe exceder de 5 nudos dentro de los doscientos metros de la costa y de 10 nudos dentro de los cuatrocientos metros;
e) en las zonas A, B y C (franja dentro de los 300 metros de la costa debido a restricciones arqueológicas según Leg.
f) 42/2004 art. 142) está prohibido fondear;
g) se permite el estacionamiento en las boyas especiales colocadas para cada área exclusivamente para actividades de visita;
h) está absolutamente prohibido descargar residuos sólidos y líquidos al mar durante las actividades

VISITAS SUBMARINAS:
1. Las visitas de buceo deberán realizarse exclusivamente con guías autorizados para un número
máximo de 8 visitantes por inmersión con una proporción de 1 guía cada 4 visitantes;
2. el número máximo de inmersiones por día para cada zona debe ser de 5 inmersiones.

VISITAS DE SNORKEL:
1. Las visitas deberán realizarse exclusivamente con guías titulados para un número máximo de 12 personas por cada visita con una proporción de 1 guía cada 6.

VISITAS EN CANOA:
1) las visitas deben realizarse durante el día con una proporción de 1 acompañante cada una
2) 5 canoas y en todo caso con un número máximo de 10 canoas en total por cada visita;
3) las canoas deben estar equipadas con una pelota y / o una bandera de buzo, líneas adecuadas
4) longitud y mosquetones, líneas de seguridad adicionales y silbato;
5) está prohibido transportar personas a cualquier sitio costero del Parque.

Disposiciones para el buceo:
a) Amarre en las boyas apropiadas ubicadas cerca de cada sitio de excursión
b) En cada boya de amarre puede amarrar un máximo de un barco.
c) El número de buzos en el agua debe ser como máximo de 8 con una proporción de 1 guía por cada 4 visitantes;
d) El coste de la excursión de buceo lo fija la entidad gestora en 35,00 € para el buceo y 20 € para el snorkel.
e) Se fija un canon de entrada.
Visitas de buceo: tasa adeudada al Parque Euro 5,00.
Visitas de esnórquel: tarifa adeudada al Parque Euro 3,00.
Reducción de la cotización del 50% para determinadas categorías de personas con discapacidad, estudiantes, menores de 18 años, docentes u operadores del ámbito cultural.
f) Prohibido bucear con mezclas o rebreather
g) Los mosaicos y pisos para su correcta conservación se cubren con arena. Los guías pueden descubrir una parte de ellos para mostrárselos a los visitantes y luego taparlos.

Para realizar la solicitud, los centros de buceo deberán presentar:
1) Certificado de registro de la Cámara de Comercio o documentación equivalente que acredite la habilitación para realizar actividades recreativas subacuáticas
2) Fotocopia del documento de identificación del representante legal
3) Nombres de los guías autorizados del parque y seguro
4) Recibo de pago a la Entidad Administradora por derechos de secretaría
5) Tipo de embarcación y placa relativa (si la embarcación está equipada con ella)

Cómo comportarse en caso de descubrimiento de un hallazgo arqueológico

Estamos en una zona rica en historia, donde desde el punto de vista de la investigación y los estudios aún queda mucho por hacer, y a cualquiera le puede pasar, especialmente después de las tormentas, cuando el fondo marino cambia de aspecto, encontrarse con un hallazgo. El último descubrimiento de una estatua y un nuevo mosaico se remonta a 2013.
A continuación le indicamos cómo comportarse:
La ley italiana requiere que dejes el activo en el lugar donde lo encontramos.
Únicamente debemos anotar el punto preciso del hallazgo mediante levantamiento instrumental GPS, con alineaciones en el terreno o al menos con referencias precisas que ayuden a la fase de recuperación posterior.
Una vez resurgido, nuestra obligación es comunicar el hallazgo a la Autoridad Competente que tiene funciones de Policía Judicial (en el anexo el número de la guardia costera de Pozzuoli y de los demás cuerpos que tienen funciones judiciales).

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